Guía definitiva de impuestos en la compraventa de una vivienda en Valencia

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¡Hola! Soy Darío Sebastiá, fundador de Olimpo Homes & Investment. Una de las partes más importantes y que más dudas genera en la compraventa de una vivienda es, sin duda, la fiscalidad. Conocer los impuestos que debes pagar, ya seas comprador o vendedor, es clave para una planificación financiera correcta y para evitar sorpresas desagradables.

En Olimpo Homes, la transparencia y el asesoramiento integral son los pilares de nuestro método. Queremos que te sientas seguro en cada paso del proceso. Por eso, hemos preparado esta guía clara y sencilla sobre las obligaciones fiscales que encontrarás en Valencia.

Si eres el COMPRADOR: Tu inversión inicial

Al comprar una vivienda, el impuesto principal varía dependiendo de si es nueva o de segunda mano.

1. Para viviendas de obra nueva:

  • IVA (Impuesto sobre el valor añadido): Se aplica un tipo reducido del 10% sobre el precio de compra. Este importe se paga directamente al promotor.
  • AJD (Actos jurídicos documentados): Este impuesto grava los documentos notariales. En la Comunitat Valenciana, el tipo general es del 1.5% sobre el valor de la compraventa.

2. Para viviendas de segunda mano:

  • ITP (Impuesto de transmisiones patrimoniales): Es el impuesto más significativo en este caso. En la Comunitat Valenciana, el tipo general es del 10% sobre el precio de la escritura. Existen tipos reducidos para casos específicos (jóvenes, VPO, etc.), por lo que es vital estudiar cada caso.

Si eres el VENDEDOR: La tributación de tu ganancia

Al vender tu propiedad, existen dos impuestos principales que debes tener en cuenta:

1. Plusvalía municipal (IIVTNU) Este es un impuesto municipal que grava el incremento del valor del suelo desde que compraste la vivienda hasta que la vendes. Su cálculo depende de cada ayuntamiento y se basa en el valor catastral. Es importante solicitar el cálculo en el Ayuntamiento de Valencia para conocer el importe exacto.

2. IRPF (Impuesto sobre la renta de las personas físicas) Deberás declarar la ganancia patrimonial obtenida en tu declaración de la Renta del año siguiente a la venta. Esta ganancia se calcula por la diferencia entre el valor de venta y el valor de compra (sumando los gastos e impuestos que pagaste en su día). Esta ganancia tributa en una escala progresiva que va del 19% al 28%.

  • ¡Exenciones importantes! Quedarás exento de pagar este impuesto si:
    • Eres mayor de 65 años y la vivienda que vendes es tu residencia habitual.
    • Reinvierte el importe total de la venta en la compra de una nueva vivienda habitual en un plazo de dos años.

3. IBI (Impuesto sobre bienes inmuebles) Por ley, el vendedor que sea propietario a fecha 1 de enero es el responsable de pagar el IBI de todo el año. No obstante, es una práctica habitual pactar con el comprador el prorrateo de este impuesto en función de la fecha de la firma.

Asesoramiento experto para tu tranquilidad

Como ves, la fiscalidad inmobiliaria tiene muchos matices. Un error o un desconocimiento puede tener un coste económico importante. En Olimpo Homes, garantizamos tu tranquilidad gracias a nuestra cobertura legal y fiscal completa. Colaboramos estrechamente con despachos de primer nivel1, quienes se encargan de resolver cualquier cuestión tributaria y legal.

Tanto si compras como si vendes, estamos aquí para convertir un proceso complejo en una experiencia sencilla, segura e inolvidable.

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